“LEY CAZZU”: LA JUSTICIA JUJEÑA SUSPENDIÓ LA RESPONSABILIDAD PARENTAL DE UN PADRE AUSENTE

“LEY CAZZU”: LA JUSTICIA JUJEÑA SUSPENDIÓ LA RESPONSABILIDAD PARENTAL DE UN PADRE AUSENTE

Un fallo de la Justicia de Jujuy resolvió otorgar a una joven madre el cuidado personal exclusivo de su hija y suspender la responsabilidad parental del progenitor, luego de un proceso judicial en el que se acreditaron incumplimientos vinculados con la manutención y el vínculo con la menor.

Según el planteo presentado por la representación legal de la madre, el hombre inició en febrero de 2024 acciones para realizar un examen de ADN, reconocer a la niña y darle su apellido, además de establecer un régimen de comunicación y una cuota alimentaria. Sin embargo, posteriormente no habría realizado los aportes correspondientes ni mantenido un vínculo regular con su hija, de acuerdo con lo expuesto en el expediente.

La situación también habría generado dificultades para realizar distintos trámites relacionados con la niña, como viajes fuera de la provincia y cuestiones vinculadas con su educación. Durante una de las audiencias, siempre según la abogada de la madre, el progenitor reconoció la existencia de una deuda alimentaria y manifestó que no quería mantener contacto con su hija.

A partir de los elementos analizados durante el proceso, la jueza dispuso además la inscripción del hombre en el Registro Nacional de Deudores Alimentarios. La resolución fue adoptada con intervención de la defensora de menores y del equipo interdisciplinario, según informó la representación legal de la madre.

La abogada Ailén Armada vinculó el caso con el debate conocido públicamente como “Ley Cazzu”, una iniciativa que propone modificar las consecuencias de la ausencia parental y el incumplimiento de las obligaciones alimentarias. Sin embargo, este fallo corresponde a una decisión judicial concreta en Jujuy y no implica la aprobación de una “Ley Cazzu” a nivel nacional.

La resolución permitirá que la madre pueda tomar decisiones relacionadas con viajes, salud y educación de la niña sin tener que recurrir permanentemente a una autorización judicial o del progenitor, según explicó la letrada.

El caso vuelve a poner en debate las obligaciones que surgen de la responsabilidad parental y las herramientas judiciales disponibles cuando existen incumplimientos alimentarios o una ausencia sostenida en la vida de un hijo.

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